Los dos caminos que el TSJ puede tomar ante muerte del Presidente de Venezuela.

Simpatizantes de Chávez lloran su muerte en la plaza Bolívar/EFE(ÚN) - El presidente Hugo Chávez falleció antes de tomar posesión, y de acuerdo con el artículo 233 de la Constitución, la falta absoluta debería ser cubierta por el presidente de la Asamblea Nacional Diosdado Cabello. Sin embargo, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, al interpretar la norma, señaló que “no es necesaria una nueva toma de posesión en relación al presidente Hugo Rafael Chávez Frías en su condición de presidente reelecto, en virtud de no existir interrupción en el ejercicio del cargo”, y que el pasado 10 de enero comenzó un nuevo período constitucional, de modo que le correspondería al vicepresidente Nicolás Maduro encargarse de la jefatura del Estado hasta que se realicen nuevas elecciones.

El ex vicepresidente de la Asamblea Nacional, Fernando Soto Rojas, fue uno de los abrió espacios para las dudas, al señalar que Cabello debía ser el presidente interino. Sin embargo, fuentes del Tribunal Supremo de Justicia indicaron que le corresponde a Maduro.

El análisis de las máximas autoridades del Poder Judicial va más allá. Los magistrados se plantean si el vicepresidente puede asumir la primera magistratura temporalmente y a la vez postularse como candidato en una nueva elección para completar el sexenio 2013-2019. “Pareciera que la Constitución no lo permite, pero la última palabra la tendrá la Sala Constitucional”, indicó una de las personas consultadas.

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